Normativas Impositivas

Aquí encontrarás toda la información de las normativas para la facturación


Actualmente, en Argentina contamos con un sistema tributario que comprende el conjunto de leyes, normas y procedimientos que el Estado establece para recaudar impuestos. Y se divide en tres niveles: Nacional, Provincial y Municipal.

El cálculo de estas obligaciones se realiza mediante alícuotas, que son las tasas o porcentajes que se establecen para cada impuesto.


Impuestos Nacionales

Son aquellos aplicados por el ente recaudador nacional (ARCA) y tienen vigencia en todo el país.

Impuesto al Valor Agregado (IVA):

  • Tiene como finalidad gravar el consumo de bienes y servicios.

  • La tasa general aplicada en Argentina es del 21%.

  • No todas las operaciones pagan este impuesto; existen actividades exentas o no sujetas al IVA. Las operaciones exentas no están obligadas a realizar cálculos ni pagos relacionados con el IVA, de acuerdo con lo establecido por ARCA.


Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)


Esta normativa exige que el IVA se detalle de manera explícita y en una línea separada dentro del comprobante.

Obliga a las instituciones a discriminar en todas sus facturas o recibos oficiales tanto el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que inciden en el precio final que abonan los titulares/tutores.




Resolución General 5824/2026 N° 1.415 - Regímenes de emisión de comprobantes (Próximamente)


Los comprobantes de instituciones educativas privadas deben contener el nombre del establecimiento y su característica como incorporado a la enseñanza oficial.

La cuota escolar debe facturarse con una indicación clara y precisa de los rubros que la componen.

Se debe separar en la factura la enseñanza programática, la enseñanza extraprogramática (con cantidad y denominación de módulos) y otros conceptos como comedor o transporte.

En las facturas o recibos oficiales deberá estar la firma y aclaración del responsable apoderado, representante legal o tesorero, que intervino en la emisión del documento.


Impuestos Provinciales

Son los tributos establecidos y recaudados de manera independiente por cada una de las jurisdicciones o provincias de Argentina. A modo de ejemplo, el ente recaudador en la Capital Federal es AGIP, mientras que en la Provincia de Buenos Aires es ARBA.


Resolución N°169/AGIP/26 artículo 4


Establece una obligación de etiquetado en los comprobantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La alicuota aplica a la operación debe estar identificada en la factura/recibo bajo la leyenda “ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX% En el caso de operaciones alcanzadas por exenciones objetivas o subjetivas, se debe especificar “OPERACIÓN EXENTA ISIB CABA”. 




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