Modificación de Normativas Impositivas
Aquí encontrarás un resumen de las últimas actualizaciones impositivas con la documentación oficial respaldatoria
Resolución General 5824/2026
En febrero 2026 ARCA publicó la Resolución General 5824/2026 con vigencia a partir del 1 de julio de 2026. Esta normativa reorganizó de punta a punta el régimen de facturación electrónica, introduciendo cambios estructurales muy profundos para las instituciones educativas de gestión privada en sus tres niveles con y sin aporte estatal, eliminando por completo las excepciones históricas de facturación flexible y obligando a los colegios privados a emitir un comprobante electrónico oficial por cada pago recibido.
Podrán encontrar el enlace a la Resolución completa en la siguiente web oficial: https://biblioteca.arca.gob.ar/search/query/norma.aspx?p=t:RAG%7Cn:5824%7Co:9%7Ca:2026%7Cf:12/02/2026
a) Fin de los recibos internos: Desaparece la opción de utilizar notas de cobro manuales. Toda operación debe tener respaldo electrónico con Código de Autorización Electrónico (CAE).
b) Mayor nivel de detalle obligatorio en los comprobantes: Los colegios ya no pueden emitir una factura genérica por "arancel mensual". Cada comprobante debe detallar con precisión los rubros que componen el total, conformados por:
1 - Enseñanza programática (cuota base oficial).
2 - Enseñanza extraprogramática (talleres, idiomas o deportes, detallando módulos).
3 - Otros conceptos (comedor, transporte escolar, materiales didácticos).
c) Los comprobantes electrónicos deben incluir de forma obligatoria y bien explícita:
1 - El nombre del establecimiento.
2 - La indicación expresa de que el colegio está incorporado a la enseñanza oficial.
d) Identificación estricta del titular del pago: El colegio tiene la obligación estricta de registrar el DNI del tutor o responsable de pago. Para facilitar que las familias puedan computar correctamente el gasto en su declaración del Impuesto a las Ganancias, ARCA exige que las escuelas informen detalladamente quién paga la cuota.
e) Firma del Colegio en el comprobante: Firma y aclaración del responsable apoderado o representante legal de la institución, que intervino en la emisión del documento.
Encontrarán la normativa oficial en el siguiente link: https://biblioteca.arca.gob.ar/search/query/norma.aspx?p=t:RAG|n:5866|o:9|a:2026|f:26/06/2026
El principal cambio es que ahora ante el fisco, ya no es obligatorio que la factura electrónica lleve una firma manuscrita para ser válida, puesto que el CAE digital ya certifica su autenticidad ante ARCA.
¡Muchas gracias!
El equipo de Acadeu.